Por Juan Emilio Ulloa Ovalle*

Hoy los ecuatorianos acuden a las urnas para votar a través de dos instituciones de democracia directa impulsados por el Poder Ejecutivo, que incluyen cuatro preguntas en total (ver imágenes adjuntas).
Referéndum constitucional sobre bases militares extranjeras, financiamiento estatal a partidos y número de asambleístas.
Consulta popular para habilitar la convocatoria de una Asamblea Constituyente.
Contexto sobre las preguntas
Bases militares extranjeras.

La propuesta plantea eliminar la prohibición constitucional que impide instalar bases militares extranjeras o ceder instalaciones ecuatorianas a fuerzas de otros países. Esta prohibición fue establecida por la Constitución de 2008, que declara a Ecuador como “territorio de paz”.
Financiamiento estatal a partidos.

La iniciativa busca suprimir el financiamiento público que el Estado otorga a las organizaciones políticas para funcionamiento y campañas. Actualmente, el modelo ecuatoriano combina financiamiento público y privado; la propuesta pretende que los partidos se sostengan únicamente con aportes de afiliados y simpatizantes.
Reducción del número de asambleístas.

Se propone reducir de forma significativa el tamaño de la Asamblea Nacional y modificar el criterio para distribuir sus escaños. Tras el último censo, el órgano legislativo aumentó de 137 a 151 asambleístas (nacionales, provinciales, circunscripciones especiales y del exterior).
Convocatoria de Asamblea Constituyente.

El Gobierno busca habilitar una Asamblea Constituyente con facultad para redactar una nueva Constitución. Sus integrantes serían elegidos mediante voto popular, siguiendo un proceso que requeriría legislación complementaria.
Controversia respecto a Revolución Ciudadana
El Consejo Nacional Electoral acreditó 13 organizaciones para participar en la campaña del referéndum y la consulta popular, tanto por el Sí como por el No. En este proceso, Revolución Ciudadana —segunda fuerza legislativa en la Asamblea Nacional— no fue habilitada para hacer campaña. Según el CNE, su exclusión obedece a incumplimientos procedimentales. Este hecho ha generado especial atención pública, ya que uno de los principales actores políticos del país quedó fuera del debate oficial en un proceso de democracia directa.
¿Cuál es la diferencia entre referéndum y consulta popular?
Para quienes se preguntan por la diferencia entre ambas denominaciones, conviene una breve aclaración. En América Latina coexisten múltiples herramientas de democracia directa (referéndum, plebiscito, consulta popular, iniciativa ciudadana, revocatoria, entre otras), y cada país utiliza términos y procedimientos distintos. Esta diversidad, unida a lo que Daniel Zovatto denomina una “pluralidad conceptual”, suele generar confusión. En el caso ecuatoriano, el referéndum se utiliza cuando se busca modificar artículos específicos de la Constitución y la consulta popular se emplea para preguntas de alcance político general, como autorizar la convocatoria a una Asamblea Constituyente.
(c) *Juan Emilio Ulloa Ovalle es licenciado en Derecho, egresado de la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra. Especialista en Derecho Electoral



