Santo Domingo. RD
El abogado Manny Sierra estimó como una contradicción del Ministerio Público que lleva el caso Operación Calamar, que después de dos años armando el expediente, ahora le pida al juez un plazo de 18 meses para completarlo.
El experto criminalista explicó que se trata de una investigación que lleva más de 2 años y meses, un tiempo que entiende justo para abrir el proceso, sobre todo porque el Ministerio Público se coloca así mismo una camisa de fuerza, cuando solicita medida de coerción.
“La grandeza de otros países en las investigaciones, es que las hacen sin apuro, buscando la verdad material, no la verdad procesal”, expresó Sierra durante una conversación que compartió con el comunicador Gregory Caimares en el espacio, La Hora 22, por Teleradioamérica.
Sin embargo, observó que se trata de una investigación que apenas inicia, con un rosario de imputaciones, cuyas calificaciones una se desdice de la otra.
Citó como ejemplo que en el proceso se ha mezclado una serie de delitos de naturaleza común, vinculados a la corrupción administrativa; con otro delito que tiene que ver con alegados financiamientos de campañas que no son compatibles.
El destacado abogado agregó que se trata de un elemento que afecta a otros derechos de carácter constitucional y no procesal, porque el financiamiento de campañas tiene una legislación especial, que ventila los delitos que se cometen en una campaña electoral, que es el Tribunal Superior Electoral.
Incompetencia del juez
Por tanto, desde el principio yo entendía y aún sigo entendiendo, que había una parte de incompetencia del juez que conocía originariamente la medida de coerción, si existe un tribunal especial para los delitos de financiamiento de campaña, que tiene su Ministerio Público penal electoral, por tanto la competencia para conocer los delitos de campaña es el Tribunal Superior Electoral mas no, el tribunal de derecho común”, refirió.
Calamar también está mediatizado
A seguidas, Sierra argumentó que la investigación del caso Operación Calamar está “mediatizada”; muy similar y copia al carbón de lo ocurrido específicamente en Brasil con el caso Lava Jato, donde se hicieron confesiones premiadas, que en el país se denominan “delaciones premiadas”.
“Yo creo que es un término que se debe acuñar a partir de ahora, porque las de aquí no son delaciones, las de aquí son confesiones; pero además, tampoco tenemos una legislación para ese tipo de comportamiento”, precisó el abogado penalista.
Agregó que en el país hay “confesiones premiadas” y no delaciones premiadas, porque en el artículo 375, 370 del Código Procesal Penal, se habla del colaborador eficaz, que es una especie de símil, con el delator premiado de estas expresiones.
“Estas conductas en América Latina y en Estados Unidos tienen nombres distintos, en Argentina le llaman de una forma; los peruanos de otra; los brasileños le tienen otro nombre, pero en cada uno de estos países distintos al nuestro se crearon leyes especiales para esas contribuciones premiadas o agraciadas, como se les quiera llamar, pero el legislador ha creado leyes”, amplió Sierra.
Añadió que en el país no existe una ley que establezca las reglas de cómo se debe efectuar el premio que se le da a una persona que ha formado parte de lo que la autoridad persecutora califica como una serie de delitos de crimen organizado
El experto criminalista observó que en el caso Operación Calamar la autoridad contribuye con la impunidad, cuando el confesor mayor ni siquiera ha pasado por el tribunal de Ciudad Nueva, cuando la legislación no le permite ese tipo de conductas, o negociación.
El abogado Manny Sierra agregó que en la mayoría de las legislaciones de la región, no se permite una negociación con quienes se presumen autores principales del hecho en investigación.
“Hasta que un juez no inicie, o anule un proceso, y eso está por verse porque esto apenas comienza, esa mala práctica que estamos celebrando como un logro, cuando difundes los números, o los montos en las acusaciones, eso sociológicamente tiene una explicación; es una práctica políticamente manejada para gestionar un respaldo social, que a su vez se configure frente al juez, que debe tomar la decisión de enviar a esos ciudadanos, en principio o después a la cárcel”, explicó el abogado penalista.