El Poder Ejecutivo oficializó la fusión del programa Supérate con la Administradora de Subsidios Sociales (Adess), como fue anunciado por el Gobierno central el pasado mes de septiembre, mediante eldecreto 160-25.
La disposición gubernamental, emitida el 25 de marzo, se produjo después de que a mediados del mes de marzo circulara el “borrón” enumerado como 113-25 y con la firma del Presidente de la República, Luis Abinader, con fecha estampada del lunes 10 de marzo; en ese momento la Consultoría Jurídica señaló que este no era oficial, si no que era algo que estaba siendo evaluado por los diferentes actores involucrados.
El documento señala que ambas instituciones fueron fusionadas para crear la Dirección de Desarrollo Social Supérate, la cual funcionará como un órgano desconcentrado del Ministerio de la Presidencia y bajo la coordinación del Gabinete de Política Social.
En el artículo dos del decreto se indica que la recién creada institución será un órgano desconcentrado responsable de la ejecución y gestión de los programas nacionales de lucha contra la pobreza, a través de una estrategia integral orientada a la garantía de derechos y la mejora sostenida de la calidad de vida de los hogares beneficiados.
La persona que ocupará la dirección general será designada mediante otro decreto del Presidente de la República, el cual aún no ha sido emitido.
Funciones
La dirección tendrá como función promover la autonomía económica de las familias beneficiarías mediante estrategias integrales que incluyan empleabilidad, formación técnica y apoyo al emprendimiento; garantizar la focalización precisa de los beneficiarios de los programas sociales mediante el uso de herramientas como el Registro Social Universal de Llegares y el Registro Único de Beneficiarios del Sistema Único de Beneficiarios (Siuben) y otras bases de datos confiables.
Además de administrar y ejecutar de manera eficiente la entrega de subsidios y beneficios económicos, asegurando que los pagos sean oportunos, equitativos y accesibles para los beneficiarios, con apego a los criterios de elegibilidad y los lineamientos de protección social; monitorear y evaluar de manera continua el impacto de los programas sociales para asegurar su efectividad, sostenibilidad y contribución a la mejora de la calidad de vida; garantizar la transparencia y efectividad en la gestión de subsidios y beneficios, mediante mecanismos de supervisión, control y seguimiento que aseguren el uso adecuado de los recursos, la correcta focalización de los beneficiarios y la prevención de irregularidades, entre otras.