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Tribunal Constitucional confirma que directivos de Banreservas deben declarar su patrimonio

REDACCIÓN Por REDACCIÓN
septiembre 9, 2026
en Nacionales
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Tribunal Constitucional confirma que directivos de Banreservas deben declarar su patrimonio

Sede del Tribunal Constitucional | Foto: prensa del TC

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SANTO DOMINGO. R.D.— El Tribunal Constitucional (TC) confirmó que el presidente ejecutivo, los miembros del Consejo de Directores y los principales gerentes del Banco de Reservas (Banreservas) están obligados a presentar declaraciones juradas de patrimonio.

La decisión está contenida en la sentencia TC/0855/26, mediante la cual el tribunal rechazó una acción directa de inconstitucionalidad que buscaba excluir a los funcionarios de entidades públicas de intermediación financiera de varias disposiciones de la Ley 311-14, sobre Declaraciones Juradas de Patrimonio.

Los accionantes, Edward Tavarez Almonte y Victoria J. Guzmán Vargas, sostenían que Banreservas opera bajo un régimen especial y que imponer esta obligación a sus directivos, mientras los ejecutivos de bancos privados no están sujetos a ella, generaba una desigualdad que afectaba la competencia.

El TC reconoció que las entidades bancarias estatales compiten con instituciones privadas y que sus operaciones están sujetas al régimen monetario y financiero. Sin embargo, estableció que la regulación de las operaciones bancarias es distinta del control sobre el patrimonio personal de quienes dirigen una institución cuyo capital pertenece al Estado.

La alta corte determinó que la obligación alcanza al presidente ejecutivo de Banreservas, a los 12 integrantes con voz y voto del Consejo de Directores y a los principales gerentes que forman parte de la Alta Gerencia.

En el caso de los gerentes, el TC precisó que no todos los funcionarios que ostenten ese título están automáticamente obligados a presentar la declaración. La medida aplica a quienes, por sus funciones y pertenencia a la Alta Gerencia, intervienen efectivamente en la dirección y gestión general del banco.

Los 12 miembros con derecho a voto del Consejo de Directores también están incluidos, debido a que este órgano tiene a su cargo la dirección, administración, supervisión y control de Banreservas, conforme a su ley orgánica.

El ministro de Hacienda, quien preside el Consejo como miembro ex officio, se encuentra en una situación diferente, ya que su obligación de declarar patrimonio proviene de su condición de ministro y no de su participación en el banco.

Destacó que Banreservas cuenta con un capital de RD$39,000 millones, totalmente suscrito y pagado por el Estado dominicano, que además es propietario exclusivo de sus acciones.

Por ello, consideró constitucionalmente válido exigir declaraciones patrimoniales a quienes participan en la dirección y administración de la entidad, debido a que intervienen en la gestión de recursos que pertenecen al Estado.

El TC también aclaró que la supervisión ejercida por la Superintendencia de Bancos no sustituye la declaración jurada. Mientras las autoridades monetarias supervisan aspectos como la idoneidad de los directivos, los riesgos y el cumplimiento de las normas bancarias, la declaración patrimonial permite revisar los bienes personales de los funcionarios, su origen y evolución, así como detectar posibles incrementos injustificados.

La corte concluyó que esta obligación no afecta las tasas de interés, los créditos, la captación de recursos, la solvencia ni las operaciones propias de Banreservas, por lo que no representa una desventaja competitiva frente a la banca privada.

Asimismo, descartó que exista una doble vigilancia por la participación de las autoridades monetarias y la Cámara de Cuentas.

(c) Z Digital

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